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Génesis de una resolución contra Mons (página 2)



Partes: 1, 2

La información fue dada a conocer en la pagina en
internet del periódico La Nación con el siguiente
titular "TSE condena a obispo por mensaje en
homilía"
(LN digital 06/05/2010). Irene Vizcaino
afirma en su nota "San José (Redacción). De
ahora en adelante, el Obispo de Cartago, José Francisco
Ulloa, deberá evitar el contenido político en sus
homilías":

La redactora afirma más adelante "Los hechos
que originaron la gestión ocurrieron el 6 de setiembre de
2009, cuando Ulloa pronunció una homilía donde
llamó a los presentes a no votar por candidatos que se
opusieran a principios católicos. Para entonces, estaba en
debate el tema de si el Estado debería ser o no
confesional
". (LN digital 06/05/2010)

El obispo deberá pagar "Los daños y
perjuicios deberán liquidarse en los tribunales
Contencioso Administrativos
." (LN digital
06/05/2010).

El silencio guardado por la nueva gobernante y sus
ministros ha resultado muy obvio… Como ha sido tradición
los obispos de Costa Rica siempre han estados presentes en todos
los traspasos de poderes desde hace muchas décadas. El 8
de mayo, pp. no fueron. Solamente estuvo presente Mons. Hugo
Barrantes Ureña, Arzobispo de San José y Presidente
de la Conferencia Episcopal de Costa Rica. ¿Qué
pasò?

Se debe resaltar que el Tribunal Supremo de Elecciones
advirtió dentro de la Resolución: "TSE Nº
3281-E1-2010 de las 8:10 horas del 3 de mayo de 2010" (…)
"
Asimismo, a pesar de que no se declara con lugar el recurso
contra la CECOR, se previene a la misma, por medio de su
presidente, que debe advertir a los Obispos que la conforman, de
no incurrir en conductas como la cuestionada".

Dejar pensar dos cosas de la Resolución del
Tribunal Supremo de Elecciones:

  • 1- Una total ignorancia de la material
    canónica sobre la persona del Arzobispo y los Obispos
    diocesanos. Alfunos conocemos que cada obispo es soberano en
    su acción pastoral y jurídica. Cada obispo
    diocesano solamente le brinda la información a su
    superior, el Santo Padre, a quien le debe
    obediencia.

  • 2- La Conferencia Episcopal es un órgano
    de cooperación y servicio a los obispos de cada
    país o región que la conforman.

Los Obispo en su comunicado del 10/05/2010,
dicen:"Que dada la naturaleza de la Conferencia Episcopal
como órgano colegial para coordinar algunas acciones
pastorales, su presidente no ejerce potestad jurisdiccional –
disciplinaria alguna sobre los obispos en sus Diócesis,
por lo que resulta impropio el mandato dado al Presidente de la
Conferencia Episcopal, emitido en la sentencia"

(Comunicado de CECORAL PUEBLO DE DIOS Y A LA
OPINIÓN PÚBLICA
No. 5).

3- Algunas reacciones de opinión sobre el
tema:

La `prensa costarricense y algunas agencias
católicas en el mundo han dado seguimiento al tema que nos
trae. A cobrado significado por ser Costa Rica con "Estado
Católico" (Art. 76 de la Constitución
Política).

Históricamente las relaciones entre Iglesia y
Estado de Costa Rica han sido aceptables y en algunos casos
notorias. Algunos analistas han denominado estas relaciones un
"concubinato" de oportunidad. Según se vive el memento
histórico y el oportunismo coyuntural florecen viejas
reacciones "laicistas" o "anti-clericales", pero no duran mucho
tiempo en el debate nacional.

Ante la situación presentada entre TSE y la
Iglesia ACIPRENSA, afirma "Los obispos rechazaron la
sentencia del TSE porque el Obispo de Cartago cumplió con
su misión de pastor de "iluminar el momento
político que vivía el país". Mons. Ulloa,
indicaron, "nunca impuso a los fieles seguir su criterio, ni
señaló su incumplimiento como pecado
". (ACI
19/05/2010).

Don Álvaro Madrigal, columnista del
Periódico La República afirma, una
apreciación muy cuestionadora: "Desde una
posición de poder, se puede inducir la expresión de
la voluntad en el sufragio con afectación de la libertad
de opinión y de expresión en las urnas. Esta
apreciación que consigna la unanimidad de los magistrados,
tiene repercusiones extraordinarias porque notifican la presencia
en el Tribunal Supremo de Elecciones de un criterio de suficiente
fortaleza con el cual poner a buen recaudo la inmunidad del
sufragante ante el propósito de un sujeto ubicado en una
posición de poder de inducir (de forma expresa o
tácita) la opción final
". (LR
13/05/2010).

El mismo comentario de Don Álvaro Madrigal indica
"No se deforme la realidad. El fallo recae sobre un obispo y
no atropella la libertad de expresión. Al contrario, la
reafirma y cautela su ejercicio en función de la calidad
del sufragio. El TSE lo precisa acertadamente en los
considerandos: "La Iglesia puede tomar posición sobre los
problemas sociales del país, así como puede
predicar la fe con auténtica libertad, enseñar su
doctrina social, ejercer una misión terrenal sin traba
alguna y dar juicio moral incluso en materias referentes al orden
público y otras de su interés, pero al amparo de
tales funciones no caben actuaciones que influyan en la libre
decisión de los electores que profesan la religión
católica"
(LR 13/05/2010).

Otro tema que viena a fondo, la libertad que deben tener
los obispos para hablar a sus rebaños. La figura del
obispo como "buen pastor", indica que debe guiar su
rebaño, el Editorial del Diario Extra expresa: "En los
últimos tiempos pequeños grupos buscan, mediante la
interpretación de algunas leyes internas o tratados
internacionales, limitar a las mayorías, no solo en su
actuar sino hasta en la libre manifestación de su
pensamiento. En la mayoría de las ocasiones, tratando de
hacer valer los derechos humanos pero con interpretaciones
acomodadas según los grupos a los que haya que
aplicárselos
" (D.Ext. 13/05/02010)

Recuerdo un futurista social "El siglo XX es el peor en
desbordes sociales e irrespeto a las instituciones". Nadie
está conforme con lo establecido e invocan para todo los
así "Derechos humanos", la vivencia religiosa no dejar de
estar vigilada, cuestionada o en algunos casos suprimida en
nombre de los esos "Derechos Humanos". Por eso el editorialista
de La Extra dice "Es por eso que no entendemos la sentencia
emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones -el 6 de mayo-
contra monseñor José Francisco Ulloa, obispo de la
Diócesis de Cartago, mediante la cual se le condena a
abstenerse de hacer llamados a los fieles para que no votaran por
quienes no comportieran los valores de la fe
católica
" (D.Ext. 13/05/02010).

En muchos estados actualmente libertad religiosa, en
otros la tolerancia y en otros una total persecución.
Según el credo que se confiese, asi se acepta la
garantía de esa libertad religiosa, sea cristiana,
musulmana o judìa, Tambien existen estados ateos como el
chino (con que Arias entabló relaciones diplomaticas) que
no respetan la vivencias religiosas de sus ciudadanos, los
persiguen, los encarcelan o los aniquilan. Ûes así
paso en las ultimas décadas del siglo XIX en Costa Rica, y
por eso los clérigos ticos no pueden ejercer la
opinión política. Al respeto el editorial de La
Nación del pasado 8 de mayo afirma: "En perspectiva
histórica, son obvias las razones que un día
motivaron a los legisladores de todo el mundo para limitar la
libertad de expresión del clero y prohibirle intervenir en
política electoral, invocando motivos de religión o
creencias religiosas. La gran reforma liberal de la segunda mitad
del siglo XIX y las primeras décadas del XX fue una lucha
épica contra el poder terrenal de la Iglesia y su indebida
gravitación sobre los asuntos de Estado
" (LN
08/05/2010)

Sobre el papel profético del Obispo Ulloa, La
Nación en su voz editorial hace una lectura simplista:
"En cuanto a la segunda interrogante, sobre la
caracterización de la homilía como propaganda, es
posible que monseñor Ulloa haya sido víctima de un
celo excesivo, con grave menoscabo de su libertad de
expresión. Aun en el marco de la normativa constitucional
vigente, es cuestionable el carácter
propagandístico de sus afirmaciones. Nadie fue obligado a
presenciar la homilía del obispo Ulloa y nadie está
obligado a actuar en consecuencia. La Constitución limita
la libertad de expresión de Ulloa, pero no debemos perder
de vista que esa limitación también pesa sobre los
fieles, impedidos de procurar el mensaje del Obispo
", (LN
08/05/2010)

Existe otra cuestión de fondo, los así
llamados pastores evangélicos que fundan sectas, y se
aseguran su supervivencia económica entrado en la vida
política, asumiendo cargos de elección popular.
Guatemala, Honduras, El Salvador y Perú están
plagados de estas praxis "cristianas". Toman la vida religiosa de
la gente, los invitan a "votar" por la prosperidad divina, prueba
de ello es que nuestra asamblea legislativa existen dos
"pastores" diputados, nadie recure contra ellos. Nunca los
diputados "cristianos" han aportado nada relevante al bien
común costarricense, solamente sirven de "turecas" al
gobernante de turno.

Vuelve después de todo don Yehudy Blanco sobre el
tema de "discriminación religiosa", "El artículo 28
de la Constitución, no es una "odiosa
discriminación"; este no solo aplica para clérigos
católicos. Es uno de los pocos instrumentos existentes en
el país para hacer valer la sana separación entre
la religión y el Estado. Es vigente y necesario para
garantizar el ejercicio pleno y libre del sufragio de parte de
los electores de todas las confesionalidades, y para darle
libertad a los legisladores y a quienes aspiren a serlo, de
desempeñar su función a cabalidad sin verse
amedrentados por el posible costo político que vaya a
tener el apoyo a proyectos que estén en contra de las
enseñanzas de un credo religioso, pero que representan una
necesidad real y urgente para sectores minoritarios que
también forman parte de la sociedad". (LN
17/05/2010)

Cuadro de publicaciones sobre el tema

  • (1- Información; 2- Documento; 3-
    Comentarios y editoriales)

FECHA

MEDIO

TITULAR

TIPO

AUTOR

06/09/2009

La Nación

Reforma constitucional
eliminaría religión oficial

Obispo pide no votar por
políticos opuestos a Estado
católico

Monografias.comMonseñor José
Francisco Ulloa lanzó críticas a candidatos y
legisladores

Monografias.comAspirantes del PAC y PLN alegan no
sentirse aludidos y aclaran posiciones

1

Fernando Gutiérrez,
Corresponsal Y Álvaro Murillo

15/09/2009

La Nación

Monseñor Ulloa
recordó a Arias sus compromisos con la
Iglesia

1

Esteban Mata, redactor

23/09/2009

Semanario Universidad

No. 1823


Política electoral acabó propuesta por un
Estado laico

* Cuestionan llamado del
obispo de Cartago a no votar por los partidos que apoyaran
el proyecto de reforma constitucional

1

Vinicio Chacón

05/05/2010

La Nación digital

TSE condena a obispo por mensaje en
homilía

San José
(Redacción).
De ahora en adelante, el Obispo de
Cartago, José Francisco Ulloa, deberá evitar
el contenido político en sus
homilías

1

Irene Vizcaíno

Redactora

06/05/2010

WEB T. S. E.

Resolución 3281-E1-2010.
Recurso de amparo electoral interpuesto contra
Monseñor José Francisco Ulloa Rojas, de
Tribunal Supremo de Elecciones

2

Magistrados del TSE

07/05/2010

Nuestro Pais.cr

TSE condena a Obispo por incitar a no votar por
algunos partidos políticos

En Costa Rica, decisión
electoral de los votantes deberá ser sin influencia
divina

1

Redacción

07/05/2010

Diario Extra digital

• Pidió en homilía
no votar por candidatos contra la fe
católica

TSE CONDENA A OBISPO
ULLOA

1

Gerardo Ruiz Ramón

07/05/2010

La Prensa Libre digital

TSE ordena a Obispo no hacer
llamados políticos

1

Aarón Sequeira
  

07/05/2010

La Nación

• Amparo electoral contra monseñor
josé francisco ulloa

TSE condena a obispo por influir en voto de
fieles

Religioso les pidió no votar
por candidatos opuestos a principios católicos –
Tribunal le ordena abstenerse de estos mensajes y pagar
daños y perjuicios

1

Irene Vìzcaino

Redactora

08/05/2010

La Nación

Libertad de expresión en el
púlpito (Editorial)

3

Consejo editorial

10/05/2010

ACIPRENSA (Perù)

Costa Rica:

Obispo condenado por pedir voto
coherente con la fe

1

Agencia de Noticias

10/05/2010

WEB CECOR

CONFERENCIA EPISCOPAL DE COSTA
RICA: AL PUEBLO DE DIOS Y A LA OPINIÓN
PÚBLICA

2

Conferencia Episcopal de Costa
Rica

11/05/2010

La Nación digital

Recurso de Amparo Electoral
Obispos fustigan resolución del TSE que
condena a Ulloa

1

Nayuribe Vargas B.

Redactora

11/05/2010

Informa-Tico

Digital

Curas piden que los dejen
participar en política

1

Redacción

11/05/2010

Diario Extra digital

• Por instar a fieles a no votar
por determinados candidatos – OBISPOS CUESTIONAN
SANCIÓN DEL TSE A MONSEÑOR
ULLOA

1

Betania Artavia

11/05/2010

Agencia Zenit

(Roma)

"La resolución contra el
obispo de Cartago lesiona la libertad de
expresión"

Comunicado de la Conferencia
Episcopal de Costa Rica

1

Nieves San Martín

Redactora

12/05/2010

ACIPRENSA (Perú)

Respetar
libertad de expresión de Mons. Ulloa, exigen
Obispos de Costa
Rica Monografias.com

1

Agencia de Noticias

12/05/2010

AICA (Argentina)

Un obispo es condenado por pedir
voto coherente con la fe

1

Redacción

13/05/2010

La República
digital

Más allá de la
condena a un obispo

3

Alvaro Madrigal

14/05/2010

Diario Extra digital

DERECHOS FUNDAMENTALES DE UN
OBISPO

3

Editorial)Consejo
editorial

17/05/2010

La Nación

Libertad de expresión y
separación religión-Estado –
El
artículo 28 de la Constitución, no es una
"odiosa discriminación"

3

Jeudy Blanco Ingeniero

19/05/2010

La Republica

Obispo Francisco Ulloa opina acerca
de la sanción impuesta por supuestamente tocar temas
políticos en homilía

"Seguiré hablando cuando
sea necesario"
Prelado afirma que fallo en su
contra es confuso y no se están considerando sus
derechos fundamentales como ser humano

1

Rommel Tellez

19/05/2010

AICA (Argentina)

La Conferencia Episcopal en
defensa del obispo de Cartago

1

Redacción

25/05/2010

Diario Extra

Cuando la religión mete mano en la
política

• Sobre el fallo contra el señor
Ulloa

3

Mauricio
Ordóñez

Cuadro de publicaciones sobre el
tema

Informaciones

 

#

La Nacion

La Nac

6

Diario Extra

D. Ext

4

La República

La Rep

2

La Prensa Libre

LPL

2

Agenc. Not.

A. Cat

5

Otras Public.

Otros

5

Total

 

24

Monografias.com

 

 

Autor:

Oscar Lobo Oconitrillo ,

Comunicador Social

Partes: 1, 2
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